ACTAS DE LAS REUNIONES DEL CONSEJO DE PASTORAL
ACTA REUNIÓN OCTUBRE 2011
ACTA REUNIÓN DE JUNIO 2011
ACTA REUNIÓN DE FEBRERO 2011
ACTA REUNIÓN DE OCTUBRE 2010
El articulo 51 del Reglamento de Régimen Interno del Colegio define de la siguiente manera al Consejo de Pastoral:
A.- Definición
El Consejo de Pastoral es el órgano en el que están presentes todos los que, de una manera directa, participan en las actividades pastorales.
Es el grupo de personas que animan y coordinan la acción evangelizadora y pastoral en todas las actividades escolares y extraescolares que se realicen en el Centro. Es convocado y coordinado por el Coordinador General de Pastoral.
B.- Composición.
El Consejo de Pastoral está formado por:
a) El Director del Centro.
b) El Director/es Técnico/s.
c) El Coordinador General de Pastoral y/o el Coordinador de Etapa.
d) Representante del Seminario de Religión.
e) Representantes del Equipo de Pastoral.
f) Representante de Capellanes.
f) Representantes de Agentes de Pastoral.
g) Representante del Plan Colegial.
g) Representantes de los padres.
h) Representante del Catecumenado Juvenil Marianista.
i) Representante del Movimiento Scouts.
C.- Competencias.
Son competencias del Consejo de Pastoral:
a) Proponer las líneas de acción de la dimensión evangelizadora del Proyecto Educativo y realizar su seguimiento, según el Plan Pastoral de la FEMDL.
b) Planificar, de acuerdo con el Proyecto Educativo, el Plan Curricular de Religión, y el Plan de Pastoral Anual con las actividades pastorales de la acción educativa.
c) Actuar en colaboración con el Seminario de Religión en lo que se refiere a la enseñanza religiosa.
d) Responsabilizarse de la marcha de los grupos de fe y de sus animadores, proporcionando los medios adecuados para su conveniente desarrollo.
e) Prolongar la acción pastoral del Centro entre las familias de la Comunidad Educativa.
f) Prever la participación en las actuaciones previstas en el Plan de Convivencia del Centro en los términos allí contemplados.
D.- Régimen de funcionamiento
D.- Régimen de funcionamiento
1. El Consejo de Pastoral es convocado y animado por el Coordinador General de Pastoral bajo la supervisión del Director del Centro. El Director puede delegar la presidencia del mismo en el Coordinador de Pastoral.
2. Se reunirá, al menos, dos veces al año.